La Sunat amplió los plazos para que las empresas correspondientes incorporen la emisión de comprobantes de pago electrónico. Las empresas deberán incorporar esta facturación a partir de setiembre del 2021 y enero del 2022. Recordemos que se había proyectado que esto se dé entre Enero-2021 y Julio-2021.
Esta facilidad se da ante las complicaciones que tienen los contribuyentes ante la pandemia de la COVID-19.
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 00221-2020/SUNAT, los contribuyentes con ingresos anuales mayores a 23 UIT (S/ 96,600) y menores a 75 UIT (S/ 315,000) deben iniciar esta facturación desde el 1 de setiembre del 2021.
Mientras que los contribuyentes con ingresos anuales menores a 23 UIT (S/ 96,600) deben emitir sus comprobantes de manera electrónica desde el 1 de enero del 2022.
Solo aquellos contribuyentes que registren ingresos mayores a 75 UIT (S/315,000) deben comenzar esta facturación desde el 1 de enero.
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Estudio Contable Guerrero Sac